ASOCIACIÓN DE DIRECTORES
DE INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
En relación
con las denuncias por presuntas vejaciones de profesores a alumnos y las
sanciones que desde los tribunales se imponen a los primeros, queremos hacer
llegar a las administraciones educativa y judicial y a la sociedad en general
las siguientes consideraciones:
Los centros
educativos son ámbitos de socialización imprescindibles para la convivencia y
la civilización. En ellos, los niños y adolescentes encuentran los mejores
referentes –a veces los únicos- de educación y comportamiento, además de
adquirir los conocimientos y capacidades que les permiten continuar estudios o
incorporarse al mundo laboral. El objetivo de nuestro trabajo es formar
personas responsables, inculcándoles principios democráticos y respeto por los
demás y el medio en el que viven. Eso
no siempre es posible en las condiciones cada vez más difíciles en que llevamos
a cabo nuestra tarea por el deterioro de la convivencia en los centros y la
permisividad social que parece convertir en impunes ciertos comportamientos.
Resulta muy difícil educar si las familias y la sociedad no refrendan nuestro
esfuerzo y entienden que, si bien la relación entre profesores y alumnos ha de
ser necesariamente de respeto mutuo, unos y otros tienen edades, funciones y
atribuciones diferentes. Es imposible lograr el objetivo si la administración
educativa y las instancias judiciales no entienden la dimensión social de
nuestro empeño y la dificultad del mismo.
Solicitamos
que se tome conciencia del problema. Pedimos que se realicen las gestiones
necesarias para impedir la judicialización de la vida educativa y que no sean
admitidas a trámite sin fundamento querellas por faltas. Creemos procedente que
previamente se agote la vía administrativa y que las actuaciones de los
profesores denunciados sean estudiadas por la inspección educativa y, si
procede, que se les abra el oportuno expediente disciplinario. Consideramos
necesario en todo caso que, si las denuncias se admiten en el juzgado, el
profesor cuente con asistencia letrada desde el primer momento, que las
consecuencias económicas que se deriven de la sanción sean asumidas por la
Administración Educativa y que el honor y la imagen de los profesores sea
defendida, en función de la presunción de inocencia en tanto se esclarecen los
hechos, o restablecida ante la comunidad educativa si hubiera sido injustamente
mancillada.
Madrid 15 de febrero de 2005